¿Cuánto tiempo tengo para demandar a mi pareja después de terminar una unión libre?

Si terminó una unión libre (unión marital de hecho) y existen bienes que se adquirieron durante la relación, no es buena idea dejar pasar el tiempo.
¿Desde cuándo se cuenta el año?
Ese año se cuenta, según el caso, desde:
- La separación física y definitiva de los compañeros.
- El matrimonio de uno de ellos con otra persona.
- La muerte de uno o de ambos compañeros.
Así lo dice el artículo 8 de la Ley 54 de 1990.
¿Por qué es tan importante?
Esto es especialmente importante cuando durante la convivencia:
- Se compraron casas o apartamentos.
- Se compraron vehículos.
- Se abrieron negocios.
- Se hicieron inversiones.
- Se formó un patrimonio en común.
¿Qué pasa si dejo pasar el año?
Si dejas pasar ese término, puedes perder la posibilidad de reclamar judicialmente la parte que te corresponda sobre esos bienes.
Un año pasa muy rápido, y esperar demasiado puede afectar seriamente tus derechos patrimoniales.
¿Qué hacer ahora?
Por eso, si una unión libre terminó y existen asuntos económicos pendientes, conviene revisar el caso cuanto antes. Puedes empezar así:
- Anota la fecha exacta en que se separaron.
- Haz una lista de los bienes que se compraron durante la convivencia.
- Reúne los documentos que tengas: escrituras, tarjetas de propiedad, extractos y facturas.
- Consulta con un abogado de familia antes de que se cumpla el año.
¿Terminaste una unión libre y tienes bienes pendientes por repartir?
Escríbenos y revisamos tu caso.
Hablar con un abogado por WhatsAppEste artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso concreto.
